Fueron cooperadoras necesarias en una estafa por
Internet y por ello Noelia Sánchez Sánchez y María Liaño López han sido
condenadas por la juez del Juzgado de lo Penal 1 a un año de prisión y a
indemnizar al BBVA, entidad que tuvo restituir el dinero al cliente
estafado a través de la modalidad de phishing, con 6.828 euros y 6.828
euros, respectivamente.
En el juicio quedó probado que ambas acusadas
recibieron por correo electrónico una oferta de trabajo como agentes
aduaneras. Su salario sería de 1.500 euros mensuales más una comisión
del 7%. Cada una de ellas abrió una cuenta corriente en el Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria (BBVA) en la que tenían que recibir transferencias
bancarias y después transferir este dinero a otra cuenta en Ucrania y
comprar tarjetas telefónicas de prepago.
La sentencia declara probado, tal como sostenía
la acusación pública, que Noelia Sánchez recibió en esta cuenta el 14 de
julio de 2010 sendas transferencias por valor de 2.935 y 1.958 euros,
que remitió a otra cuenta en Ucrania a través de Western Union. Al día
siguiente recibió otra transferencia por importe de 1.934 euros que
utilizó para comprar trece tarjetas de recarga telefónica. Los hechos de
los que estaba acusada María Liaño fueron similares. El 14 de julio
recibió dos transferencias en su cuenta, una de 1.894 euros y otra de
2.858 euros. El 15 de julio le llegó otra transferencia de 1.898 euros.
La acusada la derivó a la cuenta que le habían señalado sus
«contratadores» por Internet.
El dinero había sido saqueado de la cuenta de una
empresa de San Cibrao das Viñas, a cuyos datos bancarios habían
accedido los estafadores extranjeros haciendo phishing, una manipulación
informática en la que se consigue información confidencial mediante
engaño.
Las acusadas alegaron en su defensa que ellas
creían que su contrato laboral era legal, que no intervinieron en el
engaño y que cobraron menos de 400 euros como comisión por sus
servicios. La juez determina que no fueron autoras directas, pero sí
cooperadoras necesarias, para llevar a cabo este delito de estafa,
porque sin su participación no se habría llegado a cometer.
La sentencia condenatoria se fundamenta en que
ambas fueron conscientes de que su actividad era ilegal. No estima la
juez que tuvieran la voluntad directa de delinquir pero sí aprecia dolo
eventual o probable en los hechos, ya que «no se entiende que no
desconfiaran» de la procedencia ilícita del dinero o de su dificultad de
buscarlo en el este de Europa y de que a cambio de ello recibieran
importantes emolumentos por una actividad laboral sencilla y de tan
escaso esfuerzo. La juez determina que la conducta de ambas siguió el
«principio de la teoría de la ignorancia deliberada».
4 comentaris:
PICARESCA ESPAÑOLA O HIJOPUTISMO:
http://www.ideal.es/granada/20130506/local/granada/imputado-vender-coche-tres-201305060102.html
.
Imputados dos hombres por vender coches usados con el kilometraje manipulado en Bizkaia
http://www.elcorreo.com/vizcaya/20130506/local/imputados-hombres-vender-coches-201305061129.html
.
Agentes de Comisaría de Policía de Segovia han detenido a un joven de 27 años, con iniciales M. T. L. y nacionalidad española, por estafar a varias personas a través del denominado 'timo del pariente'.
http://www.20minutos.es/noticia/1804673/0/
Se inventa un concierto en Albacete, vende entradas falsas y le pillan:
http://www.eldigitalcastillalamancha.es/se-inventa-un-concierto-en-la-region-vende-entradas-falsas-y-le-pillan-131881.htm
Publicar un comentario