4 de mayo de 2013

Tontos útiles y colaboradores necesarios

Fueron cooperadoras necesarias en una estafa por Internet y por ello Noelia Sánchez Sánchez y María Liaño López han sido condenadas por la juez del Juzgado de lo Penal 1 a un año de prisión y a indemnizar al BBVA, entidad que tuvo restituir el dinero al cliente estafado a través de la modalidad de phishing, con 6.828 euros y 6.828 euros, respectivamente.

En el juicio quedó probado que ambas acusadas recibieron por correo electrónico una oferta de trabajo como agentes aduaneras. Su salario sería de 1.500 euros mensuales más una comisión del 7%. Cada una de ellas abrió una cuenta corriente en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) en la que tenían que recibir transferencias bancarias y después transferir este dinero a otra cuenta en Ucrania y comprar tarjetas telefónicas de prepago.

La sentencia declara probado, tal como sostenía la acusación pública, que Noelia Sánchez recibió en esta cuenta el 14 de julio de 2010 sendas transferencias por valor de 2.935 y 1.958 euros, que remitió a otra cuenta en Ucrania a través de Western Union. Al día siguiente recibió otra transferencia por importe de 1.934 euros que utilizó para comprar trece tarjetas de recarga telefónica. Los hechos de los que estaba acusada María Liaño fueron similares. El 14 de julio recibió dos transferencias en su cuenta, una de 1.894 euros y otra de 2.858 euros. El 15 de julio le llegó otra transferencia de 1.898 euros. La acusada la derivó a la cuenta que le habían señalado sus «contratadores» por Internet.
El dinero había sido saqueado de la cuenta de una empresa de San Cibrao das Viñas, a cuyos datos bancarios habían accedido los estafadores extranjeros haciendo phishing, una manipulación informática en la que se consigue información confidencial mediante engaño.

Las acusadas alegaron en su defensa que ellas creían que su contrato laboral era legal, que no intervinieron en el engaño y que cobraron menos de 400 euros como comisión por sus servicios. La juez determina que no fueron autoras directas, pero sí cooperadoras necesarias, para llevar a cabo este delito de estafa, porque sin su participación no se habría llegado a cometer.

La sentencia condenatoria se fundamenta en que ambas fueron conscientes de que su actividad era ilegal. No estima la juez que tuvieran la voluntad directa de delinquir pero sí aprecia dolo eventual o probable en los hechos, ya que «no se entiende que no desconfiaran» de la procedencia ilícita del dinero o de su dificultad de buscarlo en el este de Europa y de que a cambio de ello recibieran importantes emolumentos por una actividad laboral sencilla y de tan escaso esfuerzo. La juez determina que la conducta de ambas siguió el «principio de la teoría de la ignorancia deliberada».
 

4 comentaris:

Anónimo dijo...

PICARESCA ESPAÑOLA O HIJOPUTISMO:

http://www.ideal.es/granada/20130506/local/granada/imputado-vender-coche-tres-201305060102.html

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Anónimo dijo...

Imputados dos hombres por vender coches usados con el kilometraje manipulado en Bizkaia

http://www.elcorreo.com/vizcaya/20130506/local/imputados-hombres-vender-coches-201305061129.html

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Anónimo dijo...

Agentes de Comisaría de Policía de Segovia han detenido a un joven de 27 años, con iniciales M. T. L. y nacionalidad española, por estafar a varias personas a través del denominado 'timo del pariente'.


http://www.20minutos.es/noticia/1804673/0/

Anónimo dijo...

Se inventa un concierto en Albacete, vende entradas falsas y le pillan:

http://www.eldigitalcastillalamancha.es/se-inventa-un-concierto-en-la-region-vende-entradas-falsas-y-le-pillan-131881.htm

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