13 de mayo de 2013

Cuando mezclamos aceite y italianos, ya la tenemos liada

La última palabra no esta dicha. Marco D. M., intermediario italiano del sector oleícola afincado en Jaén, ha recurrido ante el  Supremo la pena de 4 años de cárcel por estafar a 2 empresas de su país. 

Así lo confirman fuentes judiciales cercanas al caso. Su defensa solicita la suspensión provisional de la sentencia.En la práctica Marco D. M. tendría que ingresar en prisión, ya que su castigo supera los 2 años. Sin embargo, como la sentencia todavía no es firme cabe la posibilidad de que el tribunal que lo juzgó, la Sección Tercera de la Audiencia de Jaén, suspenda la ejecución de la pena hasta que no quepa recurso alguno. Eso ocurrirá, de forma previsible, dentro de unos meses, cuando el Supremo se pronuncie sobre las alegaciones planteadas por los abogados defensores de Marco D. M. en las que se fundamenta su petición de absolución del delito de estafa por el que fue condenado hace apenas 15 días. Hay que recordar que la sentencia consideró probado que este tratante del sector oleícola se quedó con los 350.000 euros que 2 empresas italianas le entregaron a cambio de partidas de aceite que nunca les hizo llegar. En el juicio el acusado se declaró inocente. Reconoció que recibió el dinero de sus compatriotas, con los que llevaba años de relación comercial, y que tenía previsto darles la mercancía en los plazos previstos. Sin embargo explicó que le surgió un problema con uno de sus proveedores habituales, por lo que tuvo que recurrir a un intermediario, al que identificó como Bruno —sin poder aportar más detalles—. Según su relato, entregó a esa persona parte de los 350.000 euros para que comprara el aceite comprometido en otra almazara de la provincia, encargo que, según Marco D. M., nunca llegó a cumplir.Son los mismos argumentos en los que se fundamentará el recurso ya anunciado ante el Tribunal Supremo, según confirman fuentes judiciales cercanas al caso. 

Hay que resaltar que la primera sentencia calificó esas explicaciones como “absolutamente insostenibles”. “Revelan que el acusado no tenía intención alguna de adquirir el aceite para entregárselo a las empresas italianas y cumplir sus compromisos”, llega a escribir el magistrado Saturnino Regidor en la resolución ahora impugnada.

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