El Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) tiene una patata caliente sobre la mesa. Una juez militar, la
titular del juzgado togado territorial número 12, con sede en Madrid, se
ha dirigido al órgano de gobierno de los jueces para pedirle amparo
ante las presiones que está sufriendo en la investigación de un caso de
presunta corrupción en el Ejército del Aire. Presiones que, según la
juez, “afectan gravísimamente” a su independencia.
Lo más grave es que las injerencias procederían de quienes más
obligados están a colaborar al éxito de la investigación: el coronel
jefe del acuartelamiento de la agrupación de la base aérea de Getafe
(Madrid), el jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, el Asesor
Jurídico General de Defensa y el Tribunal Militar Central. Este último,
al que correspondería amparar a la juez, le ha abierto un expediente
disciplinario por falta grave que, más allá de la sanción económica
—hasta 20 días de suspensión de sueldo—, puede acabar con su carrera
profesional.
El coronel Vicente Serrano Mateos durante el homenaje a los legionarios |
La falta imputada a la juez consistiría en no haber avisado con suficiente antelación al coronel jefe del Acuartelamiento Aéreo de Getafe (ACAR Getafe), Vicente Serrano Mateos, de su decisión de proceder a un registro e inspección ocular de algunas
de sus dependencias, en el curso de un sumario, declarado secreto, en
el que investiga presuntos delitos de malversación de fondos públicos o
falsedad documental. Es decir, que el juez instructor de una causa
declarada secreta tendría la obligación de alertar de un registro al
responsable del organismo sobre el que recaen las sospechas de
corrupción.
Según la documentación que obra en manos del Consejo, la juez se
personó en dos ocasiones en la base aérea de Getafe, el 3 y el 12 de
junio, al frente de una comisión judicial y con una orden de entrada y
registro que afectaba al acuartelamiento de la agrupación y a la Sección
Económica Administrativa (SEA). Aunque había avisado de su llegada —a
través del asesor jurídico del Mando General del Aire (MAGEN)—, primero
se le impidió el acceso; y luego, se le conminó por parte del coronel
para que le revelase sus propósitos.
Según el escrito elevado al CGPJ por la juez, el coronel la retuvo en
un despacho, en contra de su voluntad, y no le permitió salir hasta que
le dijo a dónde iba y qué buscaba. “Me sentí absolutamente vejada en mi
condición de juez, persona y mujer”, alega la instructora.
Finalmente, se practicó el registro, que se prolongó casi cuatro
horas y continuó a la mañana siguiente. La juez decidió regresar el 12
de junio tras comprobar que faltaban por inspeccionar algunas
dependencias.
Pero el desarrollo de la investigación se ha visto condicionado por
las secuelas del roce entre el coronel y la juez. La segunda decidió, a
la vista del desarrollo de los acontecimientos, denunciar al mando por
obstrucción a la justicia, pero el juzgado togado militar central optó
por archivar la denuncia de un plumazo, sin instrucción alguna.
Por el contrario, la queja del coronel llegó al Jefe del Estado Mayor
del Ejército del Aire, quien consultó con el Asesor Jurídico General de
Defensa, que la trasladó al Tribunal Militar Central. Con la misma
celeridad con que se archivó la denuncia de la juez contra el coronel,
se le abrió expediente disciplinario a ella, sin ninguna indagación
previa.
El expediente se basa en que el artículo 185 de la Ley Procesal
Militar dice que, “para la entrada y registro” en instalaciones
militares, “debe preceder aviso” al jefe de la misma, “a fin de que
preste el debido auxilio”, salvo cuando dicho jefe esté imputado o
“cuando la investigación de los hechos no lo permita”.
La juez aduce que la ley no especifica con cuánta antelación debe
avisarse —ella lo hizo al llegar a la base— y que el secreto sumarial le
impedía informar al coronel. La práctica de un registro, argumenta en
su escrito, no puede condicionarse “al visto bueno del jefe de la
unidad”. Su mayor temor es que se consagre a partir de ahora una
doctrina de aplicación en las Fuerzas Armadas: “Un mando militar podrá
obstaculizar la intervención del juez y la consecuencias será que se le
abre expediente al juez y que el mando militar tendrá todo el respaldo
de las Autoridades de Defensa”.
1 comentaris:
Pero ¿quienes son los suministradores?¿ los mismos que el caso del H. 12 de Octubre?
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