“Busca un piso o casa que no parezca demasiado elegante y averigua en el registro de la propiedad quien es el propietario” es el primer consejo que da uno de los muchos manuales okupas que circulan por Internet. Este tipo de páginas describen con lujo de detalles cómo conseguir adueñarse de una propiedad ajena e informan de los mecanismos legales existentes para hacer la ocupación lo más lícita posible. La presencia en la red de estas guías, aupadas por el problema de trasfondo de la ola de desahucios y el difícil acceso a la vivienda en España, se ha multiplicado considerablemente en estos últimos tiempos.
Los autores de estos manuales – al menos una gran parte de ellos- parecen conocer al dedillo los procedimientos policiales y judiciales en caso de usurpación de un inmueble. No sólo se limitan a ofrecer recomendaciones tales como “cambiar la cerradura y asegurar todas las ventanas” o “mantener buena relación con los vecinos”, sino también asesoramiento jurídico. Una de estas páginas insta a sus lectores a “poner una advertencia legal en la ventana principal o en la puerta para disuadir a la policía o al propietario de entrar” y se puede leer un apartado de posibles modelos de texto que dice: “Que vivimos en esta casa, que es nuestro hogar y que pensamos permanecer aquí”, “que cualquiera que entra en esta casa sin nuestro permiso comete una ofensa criminal” y “que si quiere usted desalojarnos tendrá que traer una orden del juez. Firmado: l@s ocupantes”.
Además de los consejos legales para justificar que la casa se ha convertido en morada habitual del okupa, ya que si no la policía podría desalojarlos en un corto plazo de tiempo, las guías también informan sobre lo que no se debe hacer, como por ejemplo “dañar la puerta principal al cambiar la cerradura”, “quitar objetos rotos” o “llevar herramientas” que pudieran hacer pensar a la policía que el okupa intentaba robar o cometer algún delito.
No obstante, existe disparidad de opiniones sobre si estas páginas deberían o no de ser clausuradas bajo imperativo legal. Fuentes de los Mossos d’Esquadra consideran que “hacer apología de la okupación no es ningún delito”. En este sentido, la policía asegura que sólo podría actuar en el caso de que los autores de las páginas en cuestión “indujeran directamente a que se llevara a cabo una okupación de un inmueble determinado”. En contraposición, el abogado penalista Sergi Atienza mantiene que los creadores de los manuales okupas podrían ser considerados coautores de un delito de usurpación de vivienda. Según Atienza, puede existir “una inducción a la realización de un delito” ya que las webs en cuestión dan consejos para llevarlo a cabo, y en algunos casos los consejos “son premeditadamente falsos, hecho que puede ser el empujón definitivo para que terceras personas que no tienen intención de okupar una vivienda lo acaben haciendo”. En la misma línea se manifiesta la experta en derecho civil Esther Villaescusa, del Colegio de Abogados de Barcelona: “Es ilegal, es como estar induciendo a cometer un delito”.
La dificultad de castigar a los usurpadores de viviendas
¿Cómo proceder en caso de okupación de un bien inmueble? Los Mossos d’Esquadra recomiendan denunciarlo rápidamente a la policía y, si ésta comprueba que la usurpación es “flagrante” – necesita pruebas evidentes, como el testimonio de los vecinos –, procederá al desalojo exprés de la vivienda. No obstante, si el propietario ha estado fuera durante un tiempo prolongado, aunque sólo sean unos días, se necesitará una orden judicial, procedimiento que puede alargarse más de un año, según las fuentes consultadas.
Del 1 de enero al 22 de agosto de este año los Mossos d’Esquadra llevaron a cabo 42 desahucios exprés en la ciudad de Barcelona y 17 desalojos por orden judicial. Esta última cifra comprende también los casos de impago hipotecario. En este mismo período se denunciaron 565 personas por un delito de usurpación de bienes inmuebles, de las cuales 94 fueron detenidas.
Según Villaescusa, “la mayoría de las denuncias que se tramitan por la vía penal acaban archivadas” y sólo tienen oportunidades de prosperar en la vía civil, cuya resolución no comporta ninguna multa, sólo el desahucio. No obstante, en caso de perder el juicio, el acusado tiene que hacer frente al pago de las costas procesales, aunque normalmente nunca se llegan a cobrar porque los usurpadores de viviendas, lamenta Sergi Atienza, “suelen vivir en la indigencia y son materialmente insolventes”.
Por otra parte, para que el juez decida aceptar la causa por la vía penal es indispensable que exista “violencia o intimidación” y que se aporten las pruebas oportunas. “Si no podemos demostrar que la persona que está dentro de casa es quien ha roto la cerradura para entrar, ésta puede salir penalmente indemne”, explica Atienza, por lo que es muy importante que puedan intervenir en el proceso “posibles testimonios que hayan visto como alguien entraba en el inmueble escalando, utilizando herramientas para forzar puertas o ventanas o rompiéndolas directamente”. Pero como la vivienda se encuentre en estado aparente de abandono es “previsible” que el caso acabe archivado, concluye el abogado.
Para evitar convertirse en la víctima de una okupación, los expertos recomiendan controlar y conservar en buenas condiciones la propiedad, pedir a los vecinos que la vigilen si nos ausentamos unos días y mantener siempre el alta de los servicios de la luz y el agua.
Los autores de estos manuales – al menos una gran parte de ellos- parecen conocer al dedillo los procedimientos policiales y judiciales en caso de usurpación de un inmueble. No sólo se limitan a ofrecer recomendaciones tales como “cambiar la cerradura y asegurar todas las ventanas” o “mantener buena relación con los vecinos”, sino también asesoramiento jurídico. Una de estas páginas insta a sus lectores a “poner una advertencia legal en la ventana principal o en la puerta para disuadir a la policía o al propietario de entrar” y se puede leer un apartado de posibles modelos de texto que dice: “Que vivimos en esta casa, que es nuestro hogar y que pensamos permanecer aquí”, “que cualquiera que entra en esta casa sin nuestro permiso comete una ofensa criminal” y “que si quiere usted desalojarnos tendrá que traer una orden del juez. Firmado: l@s ocupantes”.
Además de los consejos legales para justificar que la casa se ha convertido en morada habitual del okupa, ya que si no la policía podría desalojarlos en un corto plazo de tiempo, las guías también informan sobre lo que no se debe hacer, como por ejemplo “dañar la puerta principal al cambiar la cerradura”, “quitar objetos rotos” o “llevar herramientas” que pudieran hacer pensar a la policía que el okupa intentaba robar o cometer algún delito.
No obstante, existe disparidad de opiniones sobre si estas páginas deberían o no de ser clausuradas bajo imperativo legal. Fuentes de los Mossos d’Esquadra consideran que “hacer apología de la okupación no es ningún delito”. En este sentido, la policía asegura que sólo podría actuar en el caso de que los autores de las páginas en cuestión “indujeran directamente a que se llevara a cabo una okupación de un inmueble determinado”. En contraposición, el abogado penalista Sergi Atienza mantiene que los creadores de los manuales okupas podrían ser considerados coautores de un delito de usurpación de vivienda. Según Atienza, puede existir “una inducción a la realización de un delito” ya que las webs en cuestión dan consejos para llevarlo a cabo, y en algunos casos los consejos “son premeditadamente falsos, hecho que puede ser el empujón definitivo para que terceras personas que no tienen intención de okupar una vivienda lo acaben haciendo”. En la misma línea se manifiesta la experta en derecho civil Esther Villaescusa, del Colegio de Abogados de Barcelona: “Es ilegal, es como estar induciendo a cometer un delito”.
La dificultad de castigar a los usurpadores de viviendas
¿Cómo proceder en caso de okupación de un bien inmueble? Los Mossos d’Esquadra recomiendan denunciarlo rápidamente a la policía y, si ésta comprueba que la usurpación es “flagrante” – necesita pruebas evidentes, como el testimonio de los vecinos –, procederá al desalojo exprés de la vivienda. No obstante, si el propietario ha estado fuera durante un tiempo prolongado, aunque sólo sean unos días, se necesitará una orden judicial, procedimiento que puede alargarse más de un año, según las fuentes consultadas.
Del 1 de enero al 22 de agosto de este año los Mossos d’Esquadra llevaron a cabo 42 desahucios exprés en la ciudad de Barcelona y 17 desalojos por orden judicial. Esta última cifra comprende también los casos de impago hipotecario. En este mismo período se denunciaron 565 personas por un delito de usurpación de bienes inmuebles, de las cuales 94 fueron detenidas.
Según Villaescusa, “la mayoría de las denuncias que se tramitan por la vía penal acaban archivadas” y sólo tienen oportunidades de prosperar en la vía civil, cuya resolución no comporta ninguna multa, sólo el desahucio. No obstante, en caso de perder el juicio, el acusado tiene que hacer frente al pago de las costas procesales, aunque normalmente nunca se llegan a cobrar porque los usurpadores de viviendas, lamenta Sergi Atienza, “suelen vivir en la indigencia y son materialmente insolventes”.
Por otra parte, para que el juez decida aceptar la causa por la vía penal es indispensable que exista “violencia o intimidación” y que se aporten las pruebas oportunas. “Si no podemos demostrar que la persona que está dentro de casa es quien ha roto la cerradura para entrar, ésta puede salir penalmente indemne”, explica Atienza, por lo que es muy importante que puedan intervenir en el proceso “posibles testimonios que hayan visto como alguien entraba en el inmueble escalando, utilizando herramientas para forzar puertas o ventanas o rompiéndolas directamente”. Pero como la vivienda se encuentre en estado aparente de abandono es “previsible” que el caso acabe archivado, concluye el abogado.
Para evitar convertirse en la víctima de una okupación, los expertos recomiendan controlar y conservar en buenas condiciones la propiedad, pedir a los vecinos que la vigilen si nos ausentamos unos días y mantener siempre el alta de los servicios de la luz y el agua.
2 comentaris:
menuda mierda de justicia que tenemos, así va este pais.
A LA MIERDA !!!! CON TODAS LAS LETRAS.
Es para que se le caiga la cara de verguenza a toda la clase politica la cual solo cabe decir que son la misma M I E R D A
Pues yo me cago en algunos de los abogados penalistas, nombrado en éste artículo, por malas praxis, corrupción, amigos sicarios, coacciones, ...
Adivinais quién es? Es un abogado CON CARA DE CERDO!!!
Que encima va de grandullón, con un egocentrismo que no le cabe ni en su enorme cuerpo.
TENED CUIDADO CON ÉSTE ABOGADO CORRUPTO QUE NO TARDARÁ EN SER INVESTIGADO ÉL!!!!
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