La Comisión del Mercado de Valores americana –la famosa SEC–
ha interpuesto una querella contra un ciudadano del estado de Texas,
acusado de pergeñar un “chiringuito financiero” basado en la moneda
virtual Bitcoin, entre septiembre de 2011 y septiembre de 2012.
El ciudadano, de nombre Trendon Shavers, con 30 años de edad, creó una sociedad llamada Bitcoin Savings and Trust
–no deja de tener su aquel que a una estafa se le ponga como nombre
“ahorro y confianza”– en la que prometía a los inversores una
rentabilidad de hasta el 7% semanal y pagadero a vencimiento de la
semana. Con este sistema, Shavers ha incrementado sus cuentas en 700.000
Bitcoins, unos 4,5 millones de dólares a la cotización vigente.
Las pesquisas de la SEC comenzaron por infiltrarse en el sistema
creado. El informe describe cómo el inventor del sistema, bajo los
sobrenombres de “pirate” y “pirateat40”, anunciaba su negocio en la
plataforma virtual de Bitcoin –el llamado Bitcoin Forum– como el más
rentable posible en esta moneda virtual. Exigía una inversión de 50
Bitcoins como mínimo y, con ello, logró que picaran en el anzuelo 66
inversores procedentes de Estados como Connecticut o Hawái.
En el fondo, la estrategia de Shavers es una simple y pura estafa
piramidal. En un fraude también llamado esquema Ponzi –en honor de Carlo
Ponzi, uno de los inventores de los fraudes piramidales– los intereses
que corresponden a los inversores antiguos se pagan con el dinero que
invierten nuevos clientes. Este sistema funciona mientras que el dinero
que aportan los nuevos clientes es mayor que los intereses que hay que
pagar a los antiguos inversores.
Evidentemente, se trata de un procedimiento fraudulento que se
convierte, conforme va pasando el tiempo, en una espiral diabólica. Por
ello, este tipo de “chiringuito financiero” siempre ha estado prohibido y
castigado por Ley.
Sin embargo, el desmantelamiento se ha hecho antes de que se produzca
la quiebra del “chiringuito”. Por ello, la denuncia de la SEC tiene más
un carácter de advertencia a los inversores que el descubrimiento de un
ilícito penal. Las cuantías que se manejan no traspasan, en cualquier
caso, de una sanción mercantil.
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