Es indignante, España es el pais mas garantista para los delincuentes, lo que se aprovecha para estafar y robar con impunidad a los pobres turistas.
Un mediodía laborable cualquiera, en especial si es soleado, pueden contarse hasta seis grupos de trileros en La Rambla barcelonesa. Son una estampa ya tan típica y antigua como las estatuas humanas o las terrazas con sangría low cost, pero su actividad está claramente tipificada como estafa por la Ordenanza de Convivencia. ¿Cómo pueden perpetuarse, pues, con impunidad?
En primer lugar por la ingenuidad de los turistas que apuestan creyendo hacer un gran negocio, pese a que es habitual que aparezcan transeúntes autóctonos que avisan en voz baja y en inglés del peligro de estos trapicheos. Tampoco es raro que irrumpa en escena, desde lejos o por una acera lateral, un policía de paisano. Los trileros suelen conocer bien a todos los que patrullan por La Rambla y en menos de tres segundos desmontan la parada y se dispersan.
La segunda causa de la impunidad, no obstante, es la incapacidad legal para penalizar la reincidencia y la acumulación de sanciones impagadas. Cuando un agente de paisano de la Guardia Urbana o de los Mossos d’Esquadra logra detener in fraganti a un miembro de los grupos organizados –cada uno contaría con una decena de personas, entre vigías, ganchos y el trilero–, se le denuncia por la vía administrativa, que le castiga con una multa de 2.250 euros por “ofrecer o hacer apuestas con dinero o bienes en el espacio público”. Según han confirmado fuentes de la policía municipal barcelonesa, en este caso no es necesario pasar por el juzgado, porque el agente es una autoridad oficial y puede imponerle al momento la sanción. Sin embargo, su cobro va por cauces independientes.
Cuando la denuncia proviene de una persona afectada, la policía debe buscar y detener al acusado, mantenerle arrestado en el calabozo del cuartelillo y llevarlo ante el tribunal penal que esté de guardia. El juez o la jueza que lleve el caso sospesará las pruebas aportadas por ambas partes y dictará una sentencia, que puede conllevar una sanción o una condena de prisión si hay agravantes, como violencia o intimidación.
Entre enero y mayo de 2011, según la Guàrdia Urbana, este cuerpo policial ha cursado 491 actuaciones contra trileros en toda la ciudad. De ellas, 408 son de tipo penal (imputándoles un delito de estafa) y 83 administrativas (denuncias por juego ilegal).
“Hay gente que les detienen 50 o 100 veces en un año y no pisan la prisión ni pagan un euro porque se declaran insolventes y sin domicilio fijo”, explica Jofre Montoto, analista del Centre d’Estudis Estratègics de Catalunya y experto en seguridad pública. “Si no está empadronado, no tiene nómina y sólo dispones de su número de DNI, ¿qué puedes embargarle?”, ejemplifica. La única opción, según Montoto, es que la multireincidencia en el mismo delito sea agravante suficiente para elevar la multa a un ingreso carcelario, aunque sea de pocos meses. “Si cometes un delito y ves que no te pasa nada, lo más probable es que repitas. Y al revés, la percepción que habrá castigo te disuade”, sostiene.
La respuesta a esta paradoja está de camino. La Fiscalía del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) quiere que se ponga en marcha la creación de un registro interpolicial de faltas administrativas, que permitiría identificar a los multireincidentes cada vez que son detenidos y acceder a su historial de sentencias y sanciones. No obstante, aún no hay fecha prevista para su entrada en vigor. La creación de esta base de datos permitiría al juez conocer si una persona ha sido condenada por cometer alguna falta y, de este modo, aplicar la nueva pena que se contempla en la reforma del Código Penal. En el caso de faltas por hurtos es fundamental disponer de esta información para que los reincidentes sean condenados a privación de libertad los días festivos y los fines de semana y, en casos extremos, podrían, incluso, ser expulsados del país, especialmente cuando la situación administrativa fuera irregular. “Sin este registro es muy difícil que se pueda aplicar la ley", según han comentado fuentes del TSJC.
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